¡Buenos días a todos y a todas! ¿Cómo está yendo la semana? desde Grupo EM Gestión esperamos que lo mejor posible. Hoy os traemos una publicación muy interesante para hacer un poco más ameno vuestro día. Vamos a hablar de las ayudas que reciben las mamás autónomas desde el embarazo hasta el momento de la incorporación.
Hay bastantes dudas sobre si hay ayudas desde la baja maternal a la incorporación y las respuesta es sí, pero la trabajadora autónoma embarazada debe cumplir con unos requisitos de cotización para tener derecho a una baja maternal de 16 semanas, durante las cuales no hay que pagar la cuota de autónomo. Para recibir esta bonificación no es necesario, a diferencia de lo que ocurría con la Ley de 2015.
Bajas
En el caso de las mujeres que están embarazadas y se ponen enfermas, deberán causar baja por incapacidad temporal. En esta situación cobrará el 60% de la base de cotización desde el día 4 hasta el 21 de la incapacidad temporal y, a partir de entonces, el 75%.
En el caso de de que la baja se dé por embarazo de riesgo, se cobraría una prestación del 100% de la base de cotización. Dicha ayuda también se percibiría ante una situación de riesgo durante la lactancia.
Incorporación
Concluída la baja maternal, la autónoma puede contratar a alguien para que realice su actividad mientras ella cuida al bebé. De hacerlo se puede beneficiar de una bonificación del 100% en la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de hijos menores de 12 años
El requisito para poder beneficiarse de esta bonificación es seguir de alta en autónomos al menos 6 meses desde que termine la misma. Si no se hace así, habría que devolverla.
Solicitar las ayudas
Cuando la autónoma quiere solicitar la baja, primero debe solicitar al Servicio Público de Salud (SPS) un informe médico. Para el riesgo durante el embarazo también es válido un informe de la matrona.
Después tendrá que cumplimentar también la declaración sobre la situación de riesgo de su actividad en relación con su estado de embarazo o lactancia.
Tendrá que acreditar encontrarse al corriente del pago de cuotas, deberá cumplimentar la declaración sobre la situación de actividad y aportar documentación adicional como el impreso con la declaración de situación de actividad.
No debe olvidarse de cumplimentar la solicitud oficial del modelo junto al impreso de solicitud del subsidio por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural.
Los servicios médicos de la Mutua certificarán que las condiciones de la actividad desarrollada influyen negativamente en la salud de la trabajadora o la del feto. El derecho al subsidio empieza el día siguiente que los servicios médicos de la Mutua emiten el certificado médico.
Esperamos que os haya servido. ¡Hasta pronto!