- Obligación de cumplimiento de contrato
En el articulo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, viene reflejado que el administrador de fincas es responsable de los servicios de esta y de su buen funcionamiento, de acuerdo con la legalidad.
Su obligación es la velar por que funcionen correctamente los servicios, como el mantenimiento del ascensor, antena, portería, seguro de la finca…
- Obligación contable
El administrador hará los presupuestos en base a datos reales de gasto que la finca tuvo el año anterior, incrementados en el IPC.
- Obligación de reparador
En primer lugar, deberemos diferenciar las reparaciones urgentes de las que no.
La ley posibilita al administrador de fincas para arreglar directamente un imperfecto o problema que sea urgente, aunque luego deberá rendir cuentas al presidente o la junta. De todas formas, es recomendable que el administrador hable primero con el presidente.
Si la reparación no es urgente, pero sí necesaria, el administrador no podrá gestionarlo por su cuenta.
- Custodia de la documentación y de secretario en las juntas
Los administradores están obligados a custodiar la documentación no sensible, como facturas, recibos o contratos que no se hayan prorrogado, durante un máximo de 5 años.
- Demás atribuciones que se atribuyan por la junta
Deben ser atribuciones que tengan que ver con la comunidad y sus elementos comunes.