LA JURISPRUDENCIA MÁS RECIENTE DEL TS Y DE LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES VIENE ACORDANDO EL DERECHO DE LOS COMPRADORES DE RECUPERAR EL IMPORTE DE LOS ADELANTOS PAGADOS A LAS PROMOTORAS EN QUIEBRA, POR LA COMPRA DE VIVIENDAS SOBRE PLANO, LO QUE PUEDEN CONSEGUIR DIRIGIÉNDOLA RECLAMACIÓN JUDICIAL FRENTE A LAS ENTIDADES BANCARIAS EN LAS QUE INGRESARON LOS ANTICIPOS.
Los estafados por comprar casas sobre plano a promotoras que han quebrado, habiendo anticipado cuantías en la cuenta del promotor y sin haber obtenido aval, podrán recuperar el dinero de los pagos a cuenta anticipados, y los intereses devengados, dirigiéndose frente a las entidades bancarias en las que ingresaron los adelantos, y ello por aplicación del reciente criterio de la STS de 21 de diciembre de 2015, seguido ya por Audiencias Provinciales como la de Valencia, en Sentencia de 28 de enero de 2016.
Para más información adjunto el enlace de Expansión, y no duden en dirigirse a GRUPO EM para que sus Letrados le asesoren en su caso concreto.
http://www.expansion.com/juridico/actualidad-tendencias/2016/02/23/56ccb8e2e2704e065c8b45e7.html