Es habitual, aunque cada vez la tendencia sea menor, que los servicios de limpieza en una Comunidad de Propietarios sean cubiertos por personas, unas veces vecinos de la comunidad, otras por persona/s ajena/s a la propiedad, sin que medie contrato escrito de por medio, sin ser estas personas empresarios con tal dedicación. Con la creencia errónea por parte de la Comunidad, de que no existiendo contrato escrito, no existe relación laboral. Hay que decir que tal contratación irregular es una práctica más de las Comunidades de Propietarios de tamaño pequeño.
Una vez patente la existencia de la relación laboral, esto puede ocasionar grabes problemas para la comunidad de propietarios como son: infracciones en materia de empleo e infracciones en materia de Seguridad Social.
Otra circunstancia a tener en cuenta, es que los derechos del trabajador como tal, entre otros, indemnizaciones, reclamación de salarios, etcétera, se retrotraen al momento en que la prueba determine que existía contrato y así se recoja en la resolución judicial.
Tal declaración puede suponer un quebranto económico importante a la Caja de la Comunidad, y por extensión a todos los propietarios.
Atendiendo a las consecuencias de índole jurídico- económicas que puede conllevar este acto ilegal, es de gran importancia contar con una buena empresa de limpieza y para ello Bargas Siglo XXI SL tiene como objetivo proporcionar un servicio integral de limpieza y mantenimiento tanto de inmuebles, particulares y comunidades de propietarios. Contamos con profesionales ampliamente cualificados y especializados.
Tanto la empresa como los trabajadores poseen la documentación y titulaciones reglamentarias para el desempeño de las actividades de limpieza.
Para más información llame al teléfono 916 895 799.