El Modelo 368 del IVA va dirigido al sector de los servicios digitales y las telecomunicaciones para que estos declaren a Hacienda el tipo de IVA que están aplicando a sus clientes.
El Modelo 368 lo deberán de cumplimentar todas las pymes y autónomos cuya base de negocio sea Internet, incluyendo la venta online de productos, los servicios de telefonía y software, los videojuegos, la televisión y el streaming, entre otros.
Será aplicable a aquellos profesionales y empresas cuyos destinatarios finales del producto o servicio prestado sea el consumidor particular, no una empresa. En estos casos, el IVA aplicable al cliente final es el que esté vigente en su país de residencia.
Este impuesto se presenta trimestralmente y de manera telemática. El plazo de presentación es durante los 20 días siguientes a la finalización de cada trimestre y hay que cumplimentarlo obligatoriamente a través de la sede online de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de un certificado electrónico o un código de identificación individual que lo facilita Hacienda.
La presentación del modelo 368 es obligatoria, aunque no haya habido actividad durante todo el trimestre. En ese caso, se debe presentar marcando la casilla “Sin Actividad” que contiene el formulario.
Si usted va a constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada o una Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, previamente debe reservar la denominación social antes de crear su empresa.
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