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Cómo pedir una ayuda a la rehabilitación de la vivienda

por | Feb 24, 2015 | Reformas, Vivienda

 

El Ministerio de Fomento considera rehabilitación cualquier obra que se realiza para la mejora de viviendas y edificios.

En el caso de edificios, se refiere a la adecuación estructural (obras que garanticen la seguridad en la estructura) y funcional (condiciones de acceso, aislamiento térmico, aislamiento acústico o insonorización acústica, redes de agua…) de los edificios de viviendas.

 

Si las obras se van a realizar en una vivienda, la rehabilitación se refiere a la adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, tales como lograr condiciones mínimas de superficie útil, distribución interior, instalaciones de agua, electricidad, gas, ventilación, iluminación natural. También obras para ahorrar consumo energético o adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad o protección contra incendio, aislamiento acústico de viviendas o térmico.

Sólo el 5% de las personas que han reformado su casa han solicitado una subvención de las que concede Fomento en concepto de ayudas para la rehabilitación de la vivienda. Lo cierto es que son muchas las personas que desconocen la existencia de estas ayudas.

 

Puede recibir una ayuda a la rehabilitación todo usuario de las viviendas, sean propietarios o arrendatarios y las comunidades de propietarios. Viene bien, recordar los requisitos que deben cumplir los destinatarios de las ayudas:

  • Las condiciones generales para acceder a la financiación cualificada. Rehabilitación de edificios, que al menos el 60% de los usuarios de las viviendas tengan ingresos familiares inferiores al 5,5 veces el SMI.
  • Rehabilitación de viviendas, que los ingresos familiares no superen 3,5 veces el SMI.

A su vez los edificios y viviendas deben cumplir sus propios requisitos:

  • Antigüedad mínima de 15 años (excepto supresión de barreras arquitectónicas a personas con discapacidad).
  • Que los edificios sean adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación que se va a realizar.
  • Que la superficie útil destinada a vivienda sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio.
  • Si se modifica la superficie útil destinada a viviendas, que esta no supere nunca 120 m2

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