Los honorarios de un arquitecto incluyen:
Un proyecto de ejecución
La gestión de las licencias necesarias
La coordinación de las obras y los industriales
Las legalizaciones posteriores
La garantía de calidad y seguridad ante posibles daños durante los 10 años posteriores a la finalización de las obras
Anteproyecto
Se paga cuando el cliente acepta la obra según el anteproyecto, a modo de paga y señal. Suele ser el 10% del P.E.M. y de esta forma el contrato queda formalizado. El anteproyecto no es un presupuesto, por lo que debe pagarse siempre, se continúe la obra con ese arquitecto o no. En algunas ocasiones el anteproyecto se paga junto con la siguiente fase de la obra..
Proyecto básico
El proyecto básico, que contiene los planos y una memoria descriptiva para entender el proyecto, así como un presupuesto general de la obra y que justifica la normativa urbanística, se lleva el 30% de los honorarios. Se paga al llegar su finalización. Además, si no se ha cobrado el anteproyecto antes, se cobran juntos (lo que haría un 40% del P.E.M.).
Proyecto de ejecución
El proyecto ejecutivo, que además del proyecto básico contiene los planos de las instalaciones y de la estructura, así como detalles constructivos, las mediciones y el presupuesto detallado con todas las partidas, se lleva otro 30% de los honorarios. Se paga también cuando haya terminado esta fase. Muchos promotores condiciona el pago a la concesión de la licencia de obras.
Coordinación de obras
La coordinación de las obras se lleva el 30% final del presupuesto y se cobra al terminar. Estos honorarios suelen condicionarse también a la concesión de los trámites finales para legalizar las obras, así, si la duración de las obras es muy larga, se suele cobrar un porcentaje de actualización de honorarios sobre este último 30%, a modo de intereses de demora.