¡Buenos días!
Hoy queremos hablaros sobre el contrato de prestación de servicios. Cuando prestamos servicios a una empresa o a un particular como autónomo podemos tener algunos conflictos. La más común es la seguridad de percibir la contraprestación por los servicios prestados. Mediante el contrato de prestación de servicios avalaremos los compromisos de ambas partes.
¿Qué es un contrato de prestación de servicios?
Es el contrato mediante el cual una persona, normalmente un profesional en algún área, se obliga con respecto a otra a realizar una serie de servicios a cambio de un precio. Es importante señalar que el pago del contrato es dirigido al cumplimiento de metas, horas, objetivos, proyectos; etc.
¿Qué debe incluir este tipo de contrato?
- Debe constar detalladamente los servicios que se prestan
- La fecha en la que deben estar listos los trabajos
- Cómo se va a organizar el trabajo
- El material que necesita el autónomo y quién se lo facilitará
- El precio por la contraprestación de los servicios
- Las fechas de pago
La Ley de morosidad
Hay autónomos que incluyen una referencia a la ley de morosidad por si el empresario no cumple con los pagos. Según la normativa, las empresas deben pagar en un plazo máximo de 30 días naturales, desde la prestación de los servicios a menos que se indique otra fecha. A excepción de las Administraciones Públicas, donde este período asciende a los 60 días.