Lo primero que es necesario aclarar es que es el propietario, en ningún caso el inquilino, es el que tiene que abonar el coste de la comunidad. Algunos arrendadores incluyen esta partida en el alquiler, pero lo habitual es que sea un gasto adicional del que se encargue el dueño de la vivienda.
En el supuesto de que se produzca el impago de la comunidad de una vivienda, el resto de vecinos pueden denunciar. Para ello, lo primero que se hay que hacer es aprobar en junta la liquidación de la deuda, que deberá constar por escrito en el acta y se emitirá un certificado de la misma que se debe comunicar al vecino instándole a que la abone Si el impago persiste se acudirá a la vía judicial presentando una demanda de Procedimiento Monitorio, que se tramitará ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en donde se halle la finca Hasta que se resuelva el conflicto, el resto de propietarios tendrán que asumir la parte proporcional del vecino moroso.
La cuantía de la comunidad, deberá quedar recogida en los estatutos de la comunidad de propietarios. Y dependerá de las instalaciones y gastos que tenga el terreno.
No todos los vecinos tendrán que abonar la misma cantidad. El gasto se divide en función de la cuota de participación de cada una de las viviendas que viene fijada en la Escritura de división horizontal.
Aunque todos los vecinos deberán abonar un mínimo a la comunidad, hay determinados gastos que no son obligatorios abonar. Todo dependerá de si se tratan de partidas destinadas a una reparación de la finca necesaria (rampas, ascensores…) u opcional.
La comunidad representa el particular Gobierno de nuestra vivienda. Por ello, es importante conocer de forma correcta su funcionamiento para evitar conflictos vecinales. O para ganarlos cuando se produzcan.
En Grupo EM contamos con un equipo de abogados especializados en casos relacionados con las Comunidades de Propietarios. Si se encuentra en esta situación con su Comunidad de Propietarios, acuda a nuestra oficina sin compromiso y le aconsejaremos cual es la solución más favorable a dicho problema.