En la actualidad cada vez es más frecuente la okupación, sobre todo en las zonas donde la renta es mas baja o donde mas desahucio hay.
Una vez que la propiedad ha sido okupada, es fundamental la intervención del administrador de fincas, ya que también afecta esta situación a la comunidad de propietarios.
Tanto el presidente de la comunidad como el administrados pueden tomar medidas legales para el desalojo de la vivienda, aunque el propietario no ponga una denuncia.
El administrador de fincas conoce la ley y sabe como se debe actuar para dar una respuesta a los propietarios y así poder dar una solución a esta incomoda situación.
Se recomienda seguir una serie de pasos como el procedimiento legal para poder desalojar a los okupas:
Denunciar cuanto antes: si no han cambiado la cerradura, la policía puede desalojarlos en menos de 48h.
Una vez que pasan las 48h y si la policía no ha podido acceder al domicilio, hay que tomar la vía judicial con una demanda civil de desahucio.
Identificar a los okupas: en el juicio se niegan a ir por lo que es imprescindible saber quienes son.
Duración del desalojo: suele durar 9 meses, una vez dictada la orden, la policía ejecutará el desahucio.
La vivienda este habitada. En el caso de que la vivienda esté habitada pasa de ser una usurpación a ser un allanamiento de morada, castigado con pena de cárcel de hasta 2 años.
Si te ha gustado este post, síguenos en Facebook y Twitter para estar al día de todas nuestras publicaciones.