Cuando se trata de planificar el futuro de nuestros hijos, una de las preguntas más frecuentes es si es posible poner una vivienda a su nombre y cuál es la mejor manera de hacerlo. Existen diferentes opciones para lograrlo, cada una con implicaciones legales y fiscales que deben analizarse cuidadosamente.
En GRUPO EM Gestión, expertos en asesoría inmobiliaria y patrimonial, te explicamos cómo transferir una vivienda a nombre de un hijo y qué aspectos debes tener en cuenta.
Opciones para poner una vivienda a nombre de un hijo
1. Compra con usufructo y nuda propiedad
Una de las formas más eficientes de adquirir una vivienda para un hijo menor de edad es dividiendo la compra en dos partes:
- Los padres adquieren el usufructo, lo que les permite vivir en la casa o alquilarla.
- El hijo adquiere la nuda propiedad, convirtiéndose en el titular, pero sin poder disponer de la vivienda hasta que finalice el usufructo.
Este método tiene ventajas fiscales, ya que el hijo no tendrá que tributar hasta que adquiera la plena propiedad.
2. Donación de la vivienda
Otra opción es donar la vivienda al hijo, lo que supone la transferencia inmediata de la propiedad. Sin embargo, este método conlleva un alto coste fiscal.
Impuestos a pagar en la donación
- Impuesto de sucesiones y donaciones, que varía según la comunidad autónoma y debe liquidarse en un plazo de 30 días.
- Plusvalía municipal, que grava el aumento del valor del suelo.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), si el valor del inmueble al momento de la donación es superior al de adquisición.
3. Herencia de la vivienda
Una alternativa más económica es mantener la vivienda a nombre de los padres y transferirla al hijo mediante herencia.
Impuestos a pagar en la herencia
- Impuesto de sucesiones y donaciones, con reducciones en muchas comunidades autónomas.
- Plusvalía municipal, que se aplica al incremento del valor del suelo.
En la mayoría de los casos, la carga fiscal de una herencia es menor que la de una donación.
Consideraciones legales importantes
Si el hijo es menor de edad y ya es titular de la vivienda, para venderla será necesaria una autorización judicial. Además, al cumplir la mayoría de edad, la propiedad será completamente suya, pudiendo disponer libremente de ella.
Conclusión
Poner una vivienda a nombre de un hijo es posible, pero cada método tiene implicaciones legales y fiscales que deben analizarse detenidamente. La mejor opción dependerá de las circunstancias familiares, económicas y del impacto fiscal de cada alternativa.
En GRUPO EM Gestión ofrecemos asesoramiento especializado en gestión patrimonial e inmobiliaria para ayudarte a tomar la mejor decisión y garantizar una correcta planificación del futuro de tu familia.