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Obligación de presentar el Modelo 202: qué es, a quién afecta y cómo hacerlo

por | Abr 14, 2025 | autónomos, Blog, declaración de la renta, Grupo EM, Renta | 0 Comentarios

Obligación de presentar el Modelo 202: qué es, a quién afecta y cómo hacerlo

Si tienes una empresa o un establecimiento permanente en España, es importante que conozcas la obligación de presentar el Modelo 202. Este modelo está directamente relacionado con el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades y afecta a miles de entidades cada año, incluso aunque no hayan obtenido beneficios.

Desde Grupo EM Gestión, te explicamos todo lo que necesitas saber: qué es el Modelo 202, a quién se aplica, cómo se calcula y cuáles son los plazos para cumplir con esta obligación fiscal sin errores.

¿Qué es el Modelo 202 y por qué es obligatorio?

El Modelo 202 es una autoliquidación trimestral que permite adelantar parte del Impuesto de Sociedades. Su finalidad es evitar que el pago total de este impuesto se concentre únicamente al final del ejercicio, distribuyéndolo en tres pagos a lo largo del año.

La obligación de presentar el Modelo 202 se aplica a las entidades que:

  • Tuvieron un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en el ejercicio anterior, independientemente de si obtuvieron o no beneficios.

  • Obtuvieron beneficios en el ejercicio anterior, aunque su facturación fuera inferior a esa cifra.

  • Superan los 10 millones de euros en volumen de operaciones, caso en el que deben pagar al menos un 23% mínimo sobre la base imponible.

¿Quién tiene la obligación de presentar el Modelo 202?

Además de las sociedades con residencia fiscal en España, también deben presentarlo:

  • Los establecimientos permanentes de entidades extranjeras que operan en territorio español.

  • Las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas fuera de España, pero con presencia en el país.

Formas de calcular el pago fraccionado del Modelo 202

Existen dos métodos para calcular este pago, dependiendo del tipo de entidad y del régimen al que esté acogida:

1. A partir del último Impuesto de Sociedades presentado

  • Se toma la cuota íntegra del último modelo 200 presentado.

  • Se restan deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta.

  • Sobre la base resultante, se aplica un 18%.

2. En función del resultado del ejercicio en curso

  • Abril: sobre el resultado del primer trimestre.

  • Octubre: sobre el resultado acumulado a 30 de septiembre.

  • Diciembre: sobre el resultado a 30 de noviembre.

Este método es obligatorio para entidades con operaciones superiores a 6 millones de euros o que se acogen a regímenes fiscales especiales. También puede aplicarse de forma voluntaria, notificándolo en febrero del ejercicio correspondiente.

Fechas clave para cumplir con la obligación de presentar el Modelo 202

Este modelo se presenta de forma trimestral en los siguientes periodos:

  • Del 1 al 20 de abril

  • Del 1 al 20 de octubre

  • Del 1 al 20 de diciembre

Si el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil.

Cómo presentar el Modelo 202 correctamente

La presentación del Modelo 202 es exclusivamente telemática. Solo puede hacerse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital o clave PIN.

Grupo EM Gestión te ayuda con la obligación de presentar el Modelo 202

En Grupo EM Gestión, contamos con un equipo de expertos que puede ayudarte a determinar si tienes la obligación de presentar el Modelo 202, calcular correctamente los pagos fraccionados y realizar la presentación dentro de plazo. Evita errores y sanciones innecesarias: ponte en manos profesionales.

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