La reforma fiscal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ha introducido una medida fiscal que fomenta la movilidad de los trabajadores en paro, independientemente del salario que reciba en su nuevo puesto de trabajo.
Así, la nueva redacción del artículo 19 de la LIRPF permite a las personas paradas que encuentren trabajo y que como consecuencia de este nuevo trabajo cambie de municipio de residencia reducir el sueldo por el que tributar en el IRPF en 2.000 euros.
Esta medida fiscal es complementaria a la reducción de 2.000 euros en concepto de gastos de los trabajadores que no sean los gastos fiscalmente ya deducibles (por ejemplo seguridad social y 300€ por defensa jurídica) que sustituye a la reducción de 2.652€ para los trabajadores con una renta superior a 13.260 euros.
No obstante esta reducción de 2.000€ por cambio de residencia está condicionada al cumplimiento de los requisitos reglamentariamente establecidos. Por lo tanto, si a usted le han contratado o le contratan durante el año 2015, estaba parado y se ha cambiado de municipio de residencia, póngase en contacto con Grupo EM y estudiaremos su caso con el objeto de ver si podemos aplicar este beneficio fiscal, así como cualquier otro beneficio del que usted pueda beneficiarse.