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Me han despedido del trabajo, ¿qué hago?

por | Abr 28, 2015 | Laboral | 0 Comentarios

Acabas de ser despedido y te asaltan muchas dudas; tras el impacto inicial que genera la notificación de despido, es necesario pararse a pensar qué es lo que debemos hacer para evitar perder cualquiera de nuestros derechos porque no olvides que, ahora, eres tú quién tiene el control de la situación.

Es frecuente que la empresa intente justificar la extinción del contrato a través del famoso despido objetivo basado en motivos económicos, organizativos, etc. Otras veces el despido se basa en supuestas causas disciplinarias. En cualquier caso, todos los despidos deben ser notificados de forma escrita para no generar indefensión al trabajador a través de su omisión.

Muchas empresas tratan de justificar las decisiones de su extinción en las causas mencionadas sin que supongan una realidad de los hechos, todo ello con la única finalidad de evitar abonar al trabajador la indemnización que legalmente le pudiera corresponder.

Si no estás seguro, o te genera desconfianza, tanto el contenido exacto de la carta, como de los motivos y de las fechas que contiene, puedes optar por no firmarla y que sea firmada por dos testigos en tu lugar, o bien firmarla haciendo constar la expresión “NO CONFORME” junto con tu firma y la fecha actual.

Si consideras que tu despido no ha sido justificado porque no se han respetado ciertos requisitos o por la insuficiencia de los motivos, no dudes en contactar con el departamento Jurídico de GRUPO EM GESTIÓN, quienes harán prevalecer tus derechos a través del procedimiento judicial oportuno. Recuerda que el plazo de caducidad es de veinte días hábiles para impugnar el despido (o la resolución de los contratos temporales) constituyendo el inicio del cómputo el siguiente a aquél en que se produzca el despido.

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