Las novedades más destacadas en la declaración de la renta de 2022 incluyen cambios en las ganancias patrimoniales, exenciones y reducciones por aportaciones y contribuciones al sistema de previsión social, así como una ampliación del plazo para la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas y una extensión de la deducción por maternidad.
En cuanto a las ganancias patrimoniales, se han añadido tres nuevas casillas dentro del apartado «Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales» para incluir las siguientes ayudas y subvenciones: el Bono Cultural Joven, las ayudas públicas al alquiler como el Bono Alquiler Joven y la ayuda de 200€ para personas con bajo nivel de ingresos (RDLey 11/2022).
También se han establecido nuevas exenciones, como las subvenciones y ayudas concedidas para la rehabilitación energética de edificios en virtud de los RD 691/2021, 737/2020, 853/2021 y 477/2021, las ayudas por daños personales ocasionados por los incendios forestales relacionados en el Anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 23/08/2022 (RDLey 20/2022) y el complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios de ingresos mínimos vitales (art. 7.y LIRPF).
En cuanto a las reducciones por aportaciones y contribuciones al sistema de previsión social, las aportaciones personales máximas se han reducido de 2.000€ a 1.500€/año, aunque se pueden incrementar en 8.500€ más por contribuciones empresariales (8.000€ en 2021).
En cuanto a las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, se ha ampliado un año más el ámbito temporal para la aplicación de las tres deducciones, de manera que las obras deberán terminar antes del 31 de diciembre de 2023 (antes, 31/12/2022).
Finalmente, en relación con la deducción por maternidad, se ha extendido a las mujeres en situación de desempleo por suspensión de contrato de trabajo (ERTE), período de inactividad productivo por ser trabajadoras fijas-discontinuas y prestación por cese de actividad para autónomas por suspensión de actividad. La deducción de 2020 y 2021 se practicará de forma separada en la declaración de 2022.
En resumen, la declaración de la renta de 2022 presenta importantes novedades en cuanto a ganancias patrimoniales, exenciones, reducciones y deducciones, que los contribuyentes deberán tener en cuenta a la hora de presentar su declaración.