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REINCORPORACIÓN TRAS UNA EXCEDENCIA LABORAL

por | May 17, 2017 | Laboral | 0 Comentarios

Cada tipo de excedencia tiene unas condiciones distintas ya que la causa que las origina no son siempre las mismas y es por eso que, tras la comunicación del trabajador a la empresa que quiere reincorporarse, pueden darse diferentes situaciones.

Si la excedencia es voluntaria, el trabajador sólo podrá reincorporarse a su puesto de trabajo si existen vacantes de igual o similar categoría a la suya. Por lo que, si no existe en ese momento dichas vacantes, la empresa podrá negarse a reincorporarlo.

 

Por el contrario, si la excedencia se disfruta por otros motivos, la regulación es diferente ya que la empresa sí que está obligada a reincorporar al trabajador tras una excedencia forzosa.

Debe saber que, si la empresa niega al trabajador la reincorporación de forma injustificada, el trabajador puede demandarle para obligarle a ello o reclamar a través de la acción por despido improcedente.

Desde el Departamento Laboral de GRUPO EM le indicamos cómo actuar si un empleado en situación de excedencia solicita su reingreso con el objeto de evitar riesgos de posibles demandas.

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