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Renting para particulares

por | Jun 26, 2019 | Alquiler, Empresas | 0 Comentarios

Renting: contrato de alquiler de un bien. A cambio, el cliente se compromete al pago de las cuotas, ya sea de carácter mensual, bimensual, trimestral o anual.

 

Características del contrato:

  • Se trata de un contrato a largo plazo, es decir, suele tener una duración superior a un año.
  • Debe ser un bien mueble. Se entiendo por bien mueble aquel bien que se pueda mover de un lugar a otro.
  • Accesibilidad para todos. No es exclusivo para empresas, si no que cualquier particular puede formalizar un contrato de renting.
  • No tiene opción de compra. Esta opción no de contempla este tipo de contrato (en contrato el leasing sí)
  • Este contrato puede presentar una serie de servicios adicionales como puede ser la reparación, mantenimiento, seguro, etc…
  • La forma de contrato es libre, aunque normalmente se realizan como contratos de adhesión.
  • No existe una regulación específica para este tipo de contrato.

Ventajas de este contrato:

Este tipo de contrato tiene varios puntos a favor en relación a sus ventajas.

Con este tipo de contrato puedes disfrutar de un bien que no podríamos adquirir por su alto precio.

Se trata de un contrato temporal, por lo que, desde un punto de vista más dinámico, podemos hablar de una total flexibilidad, ya que tiene la opción de renovar este tipo de contrato, o no.

 

Diferencias respecto al leasing:

Estos dos tipos de contratos pueden parecer, a priori, muy parecidos, pero tienen una serie de diferencias que te vamos a explicar.

Una diferencia bastante diferenciadora (valga la redundancia) es la opción de compra al finalizar el contrato. Por un lado, el leasing si proporciona esa opción. En cambio, el contrato de renting no.

En el leasing las cuotas engloban el precio de bien, por su posibilidad de compra al final de dicho contrato. En cambio, en el renting solo se retribuyen al uso.

Y por último la duración también tiene un plazo distinto. La duración mínima de un contrato leasing es de 2 años. En cambio la del contrato renting es de 1 año.

 

Si tienes más dudas acerca del contrato renting, en Grupo EM Gestión te ayudamos y asesoramos en lo que necesites.

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