Con el inicio del nuevo año llegan una serie de preceptos que afectarán a la actividad de autónomos y pequeñas y medianas empresas en lo que refiere a su actividad fiscal. Algunas de estas nuevas medidas ya han entrado en vigor, otras aún son proyectos que quedan a expensas de lo que haga el nuevo Gobierno.
Las novedades fiscales a tener en cuenta son:
- Tres meses de baja para los padres autónomos
Aplicable también a casos de adopción y acogida.
- Cambios a la hora de presentar el IRPF
Es obligatorio incluir el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la contraparte de cualquier operación en los libros de ventas e ingresos, así como en los de gastos y compras.
Esto es aplicable para: autónomos que se acojan al régimen de estimación directa simplificada, aquellos que realicen una actividad empresarial en estimación directa que no tenga carácter mercantil y los autónomos que se incluyan en la norma de estimación objetiva que deduzcan amortizaciones.
Para aquellos que realicen facturas simplificadas bastará con hacer un resumen diario sin necesidad de identidicar a cada uno de los destinatarios.
- Borradores de IVA
A partir de febrero, Hacienda pone en marcha en 2020 su prueba piloto de borradores de IVA, que incluirá un apunte con la declaración trimestral del impuesto, que el autónomo deberá confirmar. Con esta medida se busca facilitar las labores de trabajadores por cuenta propia y pequeñas empresas.
- Nueva prestación
Destinada a aquellos autónomos que sufran algún accidente laboral.
- Nuevo calendario fiscal
El nuevo calendario fiscal de 2020 ya está disponible y puedes consultarlo pinchando aquí.
Por otro lado, algunas de las medidas pendientes y que afectarán a la labor de autónomos y pymes son la subida del Salario Mínimo Interprofesional o el incremento anual de las bases mínimas de cotización.