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Estos son los cambios de 2020 en la Declaración de la Renta

por | Ene 15, 2020 | Fiscal, Impuestos, Interés general | 0 Comentarios

Aunque la declaración de la renta es una tarea que se repite año tras año, la entrada del nuevo Gobierno de coalición compuesto por PSOE y Unidas Podemos puede implicar algunas modificaciones -si se aprueban medidas como la subida del IRPF a rentas superiores a los 130.000 euros-.

 

Así, a falta de conocer las últimas variaciones, esto es lo que debes tener en cuenta a la hora de realizar la Declaración de la Renta en 2020:

En primer lugar, lo más importante es que debes saber que ya puedes conocer el nuevo calendario, ya que este se encuentra disponible en la página web de la Agencia Tributaria. Es importante que lo tengas muy presente puesto que, si no se presenta a tiempo, puedes ser sancionado con una multa de 200 euros.

Como en años anteriores, puedes realizar el trámite a través de su página web o, si lo prefieres, recurrir al servicio de una gestoría. Si no tienes experiencia en el manejo de Internet o tienes alguna duda puesto que tu situación ha cambiado respecto al ejercicio del año anterior, lo más seguro es que te pongas en manos de profesionales. Si quieres hacerlo online pero no sabes cómo, desde la misma web de agencia Tributaria te explican cómo hacerlo y todo lo que debes saber

Tal y como se puede consultar en el calendario, las fechas para presentar las declaraciones de renta y patrimonio del periodo de 2019 se iniciará el 1 de abril de 2020. Y estará abierto hasta el 25 de junio de 2020.

Respecto a los tipos aplicables, estos tampoco presentan cambios respecto a los que se aplicaron este año. Estos «tipos» no son más que porcentajes que se utilizan de forma progresiva, en función de los ingresos, y que marcan las correspondientes retenciones. Sin embargo, sí hay algunos cambios respecto a las  Comunidades Autonómas, como es el caso de Andalucía: con un tipo del 9,75% al 24,9%.

Reducir dichas retenciones es posible si tenemos en cuenta varios puntos a la hora de preparar la declaración. Pero para ello es preciso realizar la declaración correctamente, revisando con detalle. Esto es de suma importancia si por ejemplo tu situación laboral ha cambiado. Si tienes dudas, de nuevo, no dudes en acudir a profesionales.

También si has sido padre o madre, si has invertido en bolsa o fondos de inversión, por alquiler, etc. Como se ha mencionado más arriba respecto a los cambios por Comunidades, en Baleares las principales novedades vendrán por la deducción de subvenciones y ayudas otorgadas por declaración de la zona afectada gravemente por emergencia de protección civil, por donaciones a entidades sin ánimo de lucro o por gastos derivados de escuelas infantiles o similares. Si quieres conocer más por comunidades, te dejamos aquí este enlace para que amplíes información

Es importante estar al tanto y realizar el trámite correctamente para asegurar que se incluyen todas las deducciones a las que se tenga derecho.

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