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Obligaciones de un club deportivo en Madrid. Parte 1

por | Mar 4, 2020 | Deporte, Empresas, Leganés, Madrid, Obligaciones, Sin categoría | 0 Comentarios

Existen numerosas obligaciones que deben cumplir los clubes deportivos. En GrupoEM te ofrecemos una gestión integral y te ayudamos a estar al día con ellas.

OBLIGACIONES REGISTRALES

Todos los actos citados a continuación son susceptibles de inscripción en el registro:

  • Modificación en los estatutos.
  • Cambios en los cargos de Junta Directiva.
  • Apertura, cambio y cierre de delegaciones o establecimientos.
  • Suspensión, disolución o baja de la asociación y sus causas.
  • Declaración y la revocación de la condición de utilidad pública.
  • Las asociaciones que constituyen o integran federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones.
  • La incorporación y separación de asociaciones a una federación, confederación o unión de asociaciones o a entidades internacionales.
  • Certificado de identidad deportiva del Club.

OBLIGACIONES DOCUMENTALES

En todo momento, la asociación deberá disponer de:

  • Estatutos originales.
  • Acta o documento Fundacional.
  • Libro Registro de Socios.
  • Contabilidad que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, resultado y situación financiera de la entidad, así como de las actividades realizadas.
  • Libro de las actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y representación.
  • Hojas de reclamaciones.
  • Protección de datos.
  • Certificado electrónico digital.

OBLIGACIONES DE CARÁCTER CENSAL O DECLARATIVO

CIF – Todas las asociaciones deberán obtener en AEAT un CIF, es como para una persona física el DNI, necesario para identificar a la entidad en sus relaciones mercantiles, con Hacienda y demás órganos institucionales.

Alta de actividad económica – La mayoría de las asociaciones realizan actividades económicas, es decir emplean recursos materiales o medios humanos para distribuir su producto o servicio. El IAE determina las obligaciones fiscales que le corresponden al Club (IVA, IS, IRPF, etc.). El alta se tramita en la AEAT mediante el modelo 036.

Declaración de operaciones con terceros – Es un modelo informativo, es decir, no supone el pago o devolución de importe alguno. En este modelo se informa a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que hayamos superado los 3.005,06€ durante el ejercicio anterior. Se presenta mediante el modelo 347.

Declaración de donaciones – Solo deberán presentar la declaración informativa aquellos clubes que hayan sido declarados de utilidad pública. Se presenta mediante el modelo 182.

Puede consultarnos en Grupo EM Gestión para saber más. La primera consulta es gratuita.

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