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Adiós al modelo 720: la Justicia europea tumba la Declaración de Bienes en el Extranjero

por | Feb 1, 2022 | Administración de Fincas, Asesoría Contable, Blog, Compra / Venta, Empresas, Facturas, Fiscal, General, Gestoría, Impuestos, Interés general, Jurídico, Obligaciones | 0 Comentarios

El Economista. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha tumbado la polémica Declaración de Bienes en el Extranjero, el llamado Modelo 720. El TJUE ha emitido esta mañana su sentencia final, a la que ha tenido acceso elEconomista. El fallo, histórico, enmienda las conclusiones del Abogado General, y considera que la normativa fiscal española impone unas restricciones a la libre circulación de capitales «desproporcionadas». La Justicia europea tumba así el Modelo 720 al completo, tanto el fondo del mecanismo, como sus elevadas multas.

Hacienda asume ahora devoluciones millonarias. Los contribuyentes podrán recuperar el importe de las sanciones por este Modelo tributario rechazado ahora por la Justicia europea al haber una infracción del Derecho europeo suficientemente caracterizada porque viene de un procedimiento de infracción de la Comisión Europea. Bruselas dio la posibilidad al Ministerio de Hacienda de cambiar el Modelo 720 y no lo hizo. Esto significa que Hacienda tendrá que devolver las sanciones aunque sean firmes y no estén impugnadas, por la vía de la responsabilidad patrimonial del Estado.

El Modelo 720 exigía hasta hoy a los contribuyentes informar sobre sus bienes en el extranjero. La normativa que acaba de rechazar el Tribunal europeo establece elevadas multas, que pueden llegar al 150%, por presentarlo fuera de plazo ante la Agencia Tributaria. Fue una de las medidas impulsada por el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y mantenida por la actual ministra, María Jesús Montero.

«España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales al disponer que el incumplimiento o el cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación informativa relativa a los bienes y derechos situados en el extranjero tiene como consecuencia la imposición de las rentas no declaradas correspondientes al valor de esos activos como ganancias patrimoniales no justificadas, sin posibilidad, en la práctica, de ampararse en la prescripción«, apunta el Tribunal europeo en un duro dictamen contra el Modelo 720.

La sentencia del TJUE considera que las opciones elegidas en materia de prescripción «son desproporcionadas». Los magistrados recuerdan que permiten a la Agencia Tributaria proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos situados en el extranjero y no declarados, o declarados de manera imperfecta o extemporánea, mediante el Modelo 720.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha avanzado que el Gobierno modificará en breve el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero declarado ilegal este jueves por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y ha recordado que continúa en vigor.

En rueda de prensa para presentar los datos de recaudación tributaria, Montero ha asegurado que la intención del Ejecutivo es aprobar la modificación de la norma antes de que termine el plazo de presentación de este ejercicio, el 31 de marzo, y que para ello se aprovechará alguna de las leyes actualmente en tramitación. «Creemos que es más adecuado hacerlo por este mecanismo que no por el mecanismo del decreto ley», ha afirmado Montero.

«Vamos a reformular de forma rápida, una vez que leamos con detenimiento la letra pequeña, aquellos aspectos que haya que corregir», ha asegurado la ministra, aunque ha remarcado que desde el Ejecutivo harán una lectura «tranquila y sosegada» de la misma. Concretamente, los asuntos que están sujeto a revisión son los plazos de prescripción y la cuantía de las sanciones.

En ese sentido, la ministra ha recordado que el TJUE no ha declarado ilegal todo el modelo, sino solo algunos aspectos -fundamentalmente, el plazo de prescripción y el importe de las sanciones-, que son los que ahora se van a modificar. Por ello, ha remarcado que se trata de una declaración informativa, por lo que el modelo sigue estando vigente. Así que hasta el 31 de marzo del ejercicio corriente tienen los contribuyentes de plazo para hacer la presentación de este modelo 720.

Una recaudación de 225.000 millones

Como información general, la ministra ha apuntado que son unos 60.000 contribuyentes los que presentan este modelo anualmente, por lo que se trata de un volumen limitado de personas que hacen esta declaración de bienes en el extranjero. El importe en términos de euros declarados desde la vigencia del modelo está en torno a 225.200 millones.

La ministra ha señalado que en los últimos tres años no se ha impuesto prácticamente ninguna sanción sobre este modelo precisamente para no tener que atender a la posible nulidad de las mismas por la deliberación del TJUE.

Eso sí, antes de estos tres años sí se han impuesto sanciones por esta normativa -creada en 2012-, que podrían alcanzar los 230 millones de euros. «Habrá que ver ahora a quién le afecta la letra pequeña de la sentencia, si es a la totalidad de afectados o si solo una parte», ha señalado.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado ilegal la legislación española que obliga a declarar a los residentes los bienes y derechos en el extranjero a través del llamado «modelo 720» por considerar que las sanciones y multas que impone son «desproporcionadas» y menoscaban la libre circulación de capitales en la Unión Europea.

La corte europea ha dado así la razón a la Comisión Europea, que en 2019 recurrió a los tribunales comunitarios tras pedir a España modificar sin éxito una legislación que, a su juicio, impone sanciones «desproporcionadas» a quienes no hacen la declaración o la presentan fuera de tiempo.

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